martes, 24 de julio de 2007

4.2.1 EN CUANTO A LOS DERECHOS HUMANOS

El referente principal para analizar la situación que afrontan los desplazados frente a este tema, es la Declaración Universal de los Derechos Humanos[1]. A esta población se le están violando los siguientes derechos:

- El derecho a la vida, la libertad y la seguridad (Art. 3), ya que no son libres de escoger su sitio de residencia, y además, no hay quien les brinde seguridad con respecto a los actos violentos de los que son victimas.

- El derecho a no sufrir penas ni tratos crueles, inhumanos o degradantes (Art. 5), ya que se les está obligando a abandonar su lugar de residencia de manera cruel y degradante.
- El derecho a no ser arbitrariamente desterrado (Art. 9), acto que realizan los diferentes grupos armados, generando así el desplazamiento forzado.

- El derecho a que se le respete su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia (Art. 12), ya que al ser desplazados se afectan todos los componentes personales y familiares.

- El derecho de toda persona a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado (Art. 13), ya que esto es precisamente lo que impiden los diferentes grupos armados a los desplazados.

- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país (Art. 14), ya que muchos de los problemas con los países vecinos con respecto al tema de los colombianos que cruzan las fronteras para huir de los actos violentos en su zona habitual, tienen que ver precisamente con este derecho, que debe ser garantizado y atendido por los países vecinos en caso de emergencia, pero también en los casos en que los desterrados solicitan formalmente el asilo.

- El derecho a la propiedad privada, individual o colectiva (Art. 17), ya que tras los intereses económicos y geoestratégicos que se ven involucrados dentro del conflicto armado, la propiedad es lo primero que pierde la población civil desplazada.

- El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacifica, y de que nadie podrá ser obligado a pertenecer a una organización (Art. 20). El desplazamiento está en algunos casos asociado con la violación de estos derechos, cuando la población se ve expulsada de su sitio de residencia a causa de pertenecer y participar en actividades sociales o gremiales, o porque se niegan a colaborar con los mismos grupos armados.

- El derecho al trabajo y a la libre elección de su profesión (Art. 23), éste también se ve violentado en el momento que la población se ve obligada a abandonar su lugar de residencia.

- El derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; de igual manera el derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de perdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad (Art. 25), ya que cuando las personas desplazadas abandonan su territorio habitual pierden los medios que tenían para asegurar un nivel de vida adecuado para sus familias, el acceso a los servicios de salud, a la fuente de ingresos económicos, a la vivienda y a los servicios sociales básicos en su comunidad de origen; se pierden y muy pocas veces son recuperados en su nuevo lugar de residencia.

- El derecho a la educación, la cual debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental (Art. 26), ya que los niños, niñas y jóvenes que se ven obligados a desplazarse junto con sus familias, pierden su vinculación a la formación educativa brindada en los colegios y escuelas de su región habitual.

[1] Tomado de: Personería de Santafé de Bogotá, Comité Distrital de Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos del Distrito Capital. Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada por la Asamblea de las naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Bogotá, Colombia. Diciembre de 1998

1 comentario:

Danna sanmart dijo...

Gracias me sirvió demasiado y con este profundizaje me gane un doble diez